Rompimiento Del Sigilo Bancario sin Autorización Judicial: Violación de La Dignidad de La Persona Humana
Palabras clave:
Sigilo bancario, Derecho fundamental, Dignidad.
Resumen
Los derechos fundamentales tienen por objetivo garantizar los derechos de persona, cuya protección debe ser asegurada por el Estado. La garantía del sigilo bancario es un derecho fundamental, derivado del derecho a la privacidad, bien como del sigilo de informaciones y está íntimamente relacionado a la libertad, así como al principio de la dignidad humana. El derecho al sigilo bancario solo puede ser rompido en algunas situaciones y por el intermedio del Poder Judiciario. La LC nº 105/2001 ha innovado, al autorizar que el sigilo bancario sea violado por el Fisco. El STF, en el juzgamiento del RE nº 389808, basado en la dignidad de la persona humana, decidió que no puede ser rompido el sigilo bancario por el Fisco. El Estado, para evitar el fraude y la evasión fiscal, no puede tener acceso a los datos bancarios, sin la autorización judicial.
Sección
Doutrinas
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