Derecho a la intimidad genética: un contributo al estudio de los derechos de la personalidad

  • Denise Hammerschmidt PUC-PR-Londrina
  • José Sebastião de Oliveira CESUMAR

Resumen

La información genética es parte del acervoa general de los datos médicos, comprendidos los datos genéticos y proteómicos, así como se encuentra presente en las amuestras biológicas. La gran cantidad de datos en ella comprendidos lleva a la idea del hombre transparente. La información genética es única, estructural, preditiva, probalística y generacional. Los datos genéticos identifican y caracterizan el individuo a través de una dotación genética propia y distinta de los demás seres, por ser reflejo de su individualidad y de su carácter personal. El derecho a la intimidad genética se difine como el de determinar las condiciones de acceso a la información genética. El elemento objetivo del derecho a la intimidad se refiere al genoma humano y, en última instancia y, por derivación, a cualquier tejido o parte del cuerpo humano en que se encuentre la información genética. El aspecto subjetivo del derecho a la intimidad genética se refiere al derecho a "no saber" los resultados de análisis genéticas practicadas en si mismo o en otro familiar. Además, la dimensión axiológica del derecho a la intimidad genética encuentra en la dignidad de la persona humana fundamento objetivo, ante el hecho de que el genoma es lo que distingue todos los seres humanos entre si, y también es lo que distingue la espécie humana de todas las demás. En ese eje de raciocínio, la teoría del derecho general de la personalidad se consubstancía en una verdadera cláusula general del sistema jurídico, y posee como objeto el conjunto unitario, dinámico y evolutivo de los bienes y valores esenciales de la persona, como soporte básico, el principio fundamental expreso en el art. 1º, III, de la CF, o sea, el de la dignidad de la persona humana. De eso resulta que, como derecho a la intimidad genética no se prevé en ninguna normativa, a su dimensión axiológica basada objetivamente en la dignidad de la persona humana, constituye el punto de conexión y fundamento mayor para erigirlo al alcance de uno de los derechos de la personalidad del ser humano.

Biografía del autor/a

Denise Hammerschmidt, PUC-PR-Londrina
Mestra em Direitos da Personalidade pelo Centro Universitário de Maringá e Direito Supra-Individual pela Universidade Estadual de Maringá. Especialista em Direito Civil pela Universidade de Salamanca – Espanha; em Bioética e Biojurídica pela Cátedra da Unesco – Madrid; em Proteção Jurídica do Meio Ambiente pela Universidade de Castilla-La Mancha – Espanha. Professora de Direito Penal e Biodireito dos cursos de graduação e pós-graduação da PUC-PR – Campus Londrina. Juíza de Direito do Estado do Paraná.
José Sebastião de Oliveira, CESUMAR
Professor aposentado de Direito Civil da Universidade Estadual de Maringá.Professor de Direito Civil do Centro Universitário de Maringá. Professor e Coordenador do Curso de Mestrado em Ciências Jurídicas do Centro Universitário de Maringá. Mestre em Direito pela Universidade Estadual de Londrina. Doutor em Direito pela Pontifícia Universidade Católica de São Paulo.Consultor científico ad hoc, das Universidades Estaduais de Londrina e Maringá. Advogado na Comarca de Maringá-PR.
Publicado
2007-08-02
Sección
Doutrinas