Contribuciones de la Filosofía del Derecho para la Aceptación de Marcas Sonoras en el Derecho Brasileño

  • Ricardo Luiz Pereira Marques
  • Rodrigo Almeida Magalhães

Resumen

Este trabajo se propone analizar la cuestión del registro de sonidos como marcas en Brasil, negado por el gobierno brasileño y basado en el entendimiento de la ley nº 9.279/96, a través del concepto de señales registrables. Para lograr este objetivo, este artículo trata de la evolución y analiza la reglamentación jurídica del tema, demostrando la insuficiencia de la exclusiva interpretación literal para obtención del sentido y alcance de las normas jurídicas. En seguida, sometiéndose la indagación sobre la posibilidad de registro de sonidos como marcas en Brasil a las prioridades de otros relevantes procesos interpretativos, concluye que la interpretación adecuada de la legislación brasileña sobre el asunto es aquella que presupone como registrable en Brasil cualquiera señal pasible de publicación, de entre los cuales se incluyen los sonidos

Biografía del autor/a

Ricardo Luiz Pereira Marques
Mestre em Direito Privado pela Pontifícia Universidade Católica de Minas Gerais – PUC-Minas; Especialista em Direito da Economia e da Empresa pela Fundação Getúlio Vargas – FGV; Docente e Advogado em Belo Horizonte, MG. E-mail: ricardoluizmarques@hotmail.com
Rodrigo Almeida Magalhães
** Doutorado em Direito na Pontifícia Universidade Católica de Minas Gerais – PUC-Minas; Mestrado em Direito na Pontifícia Universidade Católica de Minas Gerais – PUC-Minas. Docente e Advogado em Belo Horizonte, MG. E-mail: amagalhaes@ig.com.br
Publicado
2009-06-23
Sección
Doutrinas