La Planificación Familiar: Un Derecho De Personalidad de La Parejas

  • Clayton Reis Cesumar

Resumen

El texto trata de una de las cuestiones más significativas en la estructuración del núcleo familiar. El precepto constitucional codificado que delinea la planificación familiar se encuentra impregnado de elementos axiológicos. Al referirse sobre los preceptos normativos que los padres deben adoptar para programar la prole, el mens legislatori ha invocado cuestiones de expresiva magnitud. Eso porque la sociedad constituida por los padres e hijos representa, en el período postmoderno, un segmento jurídico que interfiere directamente en el orden del Estado. Por esa razón, el texto constitucional ha prescrito que siendo la familia la base de la sociedad, “[…] tiene especial protección del Estado”. Así, será significativa la elección de los genitores cuanto al entorno en donde será realizada la crianza de los hijos, como también será igualmente determinante, la conciencia de la pareja en relación a los deberes oriundos de ese proceso de elección. A fin de cuentas, el Estado tiene especial interés en la formación de ciudadanos que estén debidamente listos para asumir la responsabilidad social. Y, esa tarea envuelve respecto a los derechos de la personalidad en la “construcción” del bonus pater família, que confiere valor y sentido a la vida. Esa tarea fue especialmente conferida a la pareja, siendo, en expreso, prohibida la interferencia de órganos públicos y privados. Y, en este sentido, el Estado ha delegado un derecho personalísimo a los padres, vedando interferencias externas, en conformidad con la actual necesidad de construir una sociedad cementada en la cooperación y fraternidad.

Biografía del autor/a

Clayton Reis, Cesumar
Doutor e Mestre em Direito das Relações Sociais pela Universidade Federal do Paraná – UFPR; Especialista em Responsabilidade Civil pela Universidade Estadual de Maringá – UEM; Docente Titular do Curso de Mestrado em Direito do Centro Universitário de Maringá - CESUMAR; Docente da Graduação e Pós-graduação dos cursos de Direito da Centro Universitário Curitiba - UNICURITIBA e da Universidade Tuiuti do Paraná - UTP; Docente da Escola da Magistratura do Paraná – EMAP; Membro da Academia Paranaense de Letras Jurídicas; Magistrado em segundo grau do TJPR aposentado. E-mail: claytonreis2003@yahoo.com.br
Publicado
2008-12-30
Sección
Doutrinas