LA DIGNIDAD HUMANA Y LA EFICACIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES SOCIALES

  • Rogério Luiz Nery da Silva Universidade do Oeste de Santa Catarina
  • Robison Tramontina Universidade do Oeste de Santa Catarina
  • Neli Lino Saibo Universidade do Oeste de Santa Catarina
Palabras clave: Dignidad Humana, Efectuación, Derechos Sociales, Derechos Fundamentales, Derechos Humanos.

Resumen

Este trabajo hace parte del Programa de Postgrado strictu sensu – Maestría en Derecho, en el área de derechos fundamentales, en el contexto de la producción del Grupo de Investigación en derechos sociales, de la Universidad do Oeste de Santa Catarina (UNOESC), conducido por el primer coautor, con la colaboración de los demás coautores. El principio de la dignidad humana fue incluido los fundamentos de la República Federativa de Brasil en la Constitución de 1988, ya en el primer artículo, abriendo el texto formal. La evolución paulatina del concepto, a lo largo del tiempo todavía es objeto de esa investigación que se vuelve hacia al concepto y su aplicabilidad como principio regente del Estado de Derecho, tema, por lo tanto, aún, lleno de las más distintas controversias entre los filósofos, antropólogos y juristas, sujeto a distintos abordajes interpretativos y, por ello, también distintas aplicaciones y efectuaciones. En este caso, con el objetivo de fornecer mejores condiciones de vida a la población, los derechos fundamentales civiles y principalmente los derechos sociales abrigados en el principio de la dignidad humana, se someten al debate continuo sobre su efectuación. Los problemas enfrentados en relación a la efectuación están ubicados en el campo dela normatividad y de la necesaria actividad interpretativa; el bajo nivel de profundidad constitucional de los destinatarios de los derechos sociales y de la resistencia de los Poderes constituidos, primero al omitirse, después al resistir a la actuación del Judiciario en garantizar políticas públicas. Por fin, se percibe que os los tribunales superiores, especialmente, el STF y el STJ consolidaron el empleo de la dignidad humana como argumento de justificación de las decisiones concesivas de derechos sociales.

Biografía del autor/a

Rogério Luiz Nery da Silva, Universidade do Oeste de Santa Catarina
Docente Doutor no Programa de Pós-graduação stricto sensu – Mestrado em Direito da Universidade do Oeste de Santa Catarina (UNOESC), titular da cadeira de Políticas públicas de efetivação de direitos sociais; Pós-doutorando na Université de Paris X (France); Pós-doutorado pela New York Fordham University School of Law (USA - 2011); Doutor em Direito do Estado e Evolução Social pela UNESA, Rio de Janeiro (Brasil).
Robison Tramontina, Universidade do Oeste de Santa Catarina
Docente Doutor no Programa de Pós-graduação stricto sensu – Mestrado em Direito da Universidade do Oeste de Santa Catarina (UNOESC), titular da cadeira de Filosofia; Doutor em Filosofia pela Universidade Federal de Santa Catarina (UFSC)
Neli Lino Saibo, Universidade do Oeste de Santa Catarina
Mestre em Direito pelo Programa de Pós-graduação stricto sensu–Mestrado em Direito da Universidade do Oeste de Santa Catarina (UNOESC); Docente universitário de direito; advogado militante, registrado na OAB/SC, em Chapecó (SC), Brasil.
Publicado
2015-07-15
Sección
Doutrinas