El Cumplimiento de la Sentencia y el Principio del Impulso Oficial en el Proceso Civil Brasileño
Palabras clave:
Cumplimiento de la Sentencia, Principio del Impulso Oficial, Título Ejecutivo Judicial, Requerimiento del Acreedor, Honorario Abogado.
Resumen
Basado en el método lógico, deductivo y comparativo, el presente estudio llama al lector a una digresión sobre uno de los más importantes axiomas de la Teoría General del Proceso, que es el Principio del Impulso Oficial del Juez, y su consonancia o no con la nueva sistemática de satisfacción de un derecho ya reconocido, el cual fue añadido en el ordenamiento procesal civil patrio por la ley n.° 11.232/05. En esta perspectiva, se observará que, a despecho de no más considerarse la ejecución de títulos oficiales – en términos de los art. 475-I y siguientes de la ley Procesal Civil – un proceso autónomo, pero sí, un segundo “módulo” del proceso cognitivo, esa ejecución no se desarrolla por el “impulso oficial del juez”, como debería ser, pero sí, por requerimiento de aquel cuyo crédito (cantidad correcta) ya se encuentra admitido.
Publicado
2009-09-30
Sección
Doutrinas
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