Vulnerabilidad de La Persona en Epidemias y Catástrofes y La Constitución de La República de 1988
Palabras clave:
Catástrofes, Constitución de la República de 1988, Derechos Fundamentales, Epidemias, Vulnerabilidad.Resumen
La Constitución de la República Federativa de Brasil de 1988 preconoce, en diversos dispositivos, la reglamentación de medidas que deben ser ejecutadas en situaciones de anormalidad, con especial destaque para el art. 136, párrafos e incisos, una vez que la instabilidad social generada amenace el orden público, los derechos individuales y colectivos y las condiciones del medio natural. La epidemiología Crítica se preocupa, también, con los aspectos psicosomáticos de la enfermedad de las poblaciones y su correlación con las pérdidas advenidas de las catástrofes naturales y desastres colectivos. La actuación del Poder Público deja que desear en términos de políticas y comprometimiento con las necesidades de las poblaciones afectadas por los accidentes naturales o humanos, requiriendo nuevas estrategias para la recuperación de las áreas afectadas y el atendimiento a las familias afligidas por las catástrofes. Objetivando hacer frente a esta laguna, la ley n. 12.608 de 10 de abril de 2012 impone a la Unión, Estados y Municipalidades el deber de adoptar medidas necesarias a la reducción de los riesgos de desastres, con la colaboración de entidades públicas o privadas y de la sociedad en general. Como resultado, se obtiene la tutela de los derechos fundamentales de las personas vulnerables en situación de anormalidad.Descargas
Publicado
2013-04-03
Cómo citar
Colucci, M. da G., & Pinheiro, R. F. (2013). Vulnerabilidad de La Persona en Epidemias y Catástrofes y La Constitución de La República de 1988. Revista Jurídica Cesumar - Mestrado, 13(2). Recuperado a partir de https://periodicos.unicesumar.edu.br/index.php/revjuridica/article/view/2815
Número
Sección
Doutrinas
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